Los cebe铆stas portugueses ya no tendr谩n que registrarse en la administraci贸n de telecomunicaciones de su pa铆s para hacer uso legal de la Banda Ciudadana en 27 MHz, tal como ven铆a siendo obligatorio hasta ahora, y se implementa la decisi贸n CEPT ECC/DEC/(11)03 mediante una modificaci贸n sustancial en el cuadro nacional de atribuci贸n de frecuencias para acoger el uso de la norma que permite modular sin licencia con 4 vatios en AM/FM y con 12 vatios p.p.e. en SSB. En el decreto publicado con fecha de 5 de enero de 2017 que acaba de entrar en vigor se dice que 芦la eliminaci贸n del registro obligatorio de los usuarios no afecta al funcionamiento de las estaciones del Servicio de Radio Personal – Banda Ciudadana y promueve la simplificaci贸n y desburocratizaci贸n de los tr谩mites芦.
Se establece, por norma, el uso dedicado de dos canales:
- Canal 9, para el establecimiento de comunicaciones de emergencia y seguridad.
- Canal 11, solamente para llamada.
