Marcado CELos aparatos homologados de CB se suministran con la identificación requerida por la directiva R&TTE:
El símbolo CE significa que estos aparatos cumplen los requerimientos básicos de la nueva regulación europea. La llamada directiva R&TTE reemplaza todas las anteriores homologaciones nacionales en la Unión Europea y también regula la puesta en circulación y el uso de las instalaciones de radio. Así, la propiedad y el comercio de equipos con etiquetado adecuado en la UE y otros países (no UE) que aceptan la directiva R&TTE, está permitido, aún cuando el uso de instalaciones de radio tiene diferentes normas, dependiendo de la programación y del país.
Para las radios de CB esto significa que los estándares técnicos EN 300 135 y EN 300 433 son válidos en toda Europa, pero no el uso de tipos de modulación específica y número de canales.
Todas las radios, para las que hay restricciones en algún lugar de Europa, tienen junto al símbolo CE un símbolo de admiración. Todos los fabricantes han sido obligados a informar a los usuarios visiblemente en el embalaje y en el manual, qué tienen que hacer para el correcto uso de la radio.
Esto se entiende porque las frecuencias han sido usadas para diferentes objetivos en cada país y llevará un tiempo armonizar todas las diferentes frecuencias.
Las radios homologadas cumplen los estándares armonizados para radio de compatibilidad electromagnética y de seguridad eléctrica, por lo que estos aparatos no transmiten ninguna radio interferencia nociva y, por otro lado, son inmunes a las radiaciones de otros aparatos, si se usan correctamente. En general, esto es así si no se conectan cables de más de 3 metros al micrófono ni al conector del altavoz.

Fuente: Albrecht – Alan – Midland

Marcado CE, "Conformité Européenne" o de Conformidad Europea
Marcado CE, “Conformité Européenne” o de Conformidad Europea
Cuidado con las imitaciones:
La Organizazción de Consumidores y Usuarios (OCU) nos pone en alerta acerca del uso de símbolos para confundir al mercado. No dejes de leer este interesante artículo.

Uso en España de equipos homologados

La Asociación CB Sierra de Cádiz, tras consultar con responsables de la Administración de Telecomunicaciones (21 de junio de 2010), hace pública esta nota aclaratoria acerca del uso de equipos de CB homologados:

Los equipos sólo pueden ser comercializados si cumplen con la normativa sobre equipos y aparatos que esté en vigor en ese momento (el de la publicación de la normativa) y una vez comercializados pueden ser utilizados hasta su desguace, tanto por el primer comprador como por los que los hayan adquirido de segunda mano. La necesidad de cumplimiento de la Directiva 99/05/CE es una obligación para la comercialización y puesta en servicio de equipos de telecomunicación, entre ellos, los equipos CB 27, desde que ésta entró en vigor.
Ello significa que todos aquellos equipos que están circulando con el antiguo marcado del Certificado de Aceptación (C.A.R.) pero que fueron legalizados cuando ésta era la normativa en vigor (
del tipo E 94 93 0278, DGTel E 96 93 0681, etc…) pueden seguir funcionando. Lo que no se puede hacer es poner en el mercado ahora equipos con el antiguo marcado del Certificado de Aceptación“.

 

Aparatos conformes a la normativa.
Aparatos con marcado de conformidad CE. Su uso y comercialización en España están permitidos.

Aparatos conformes a la normativa.
Aparatos con antiguo marcado DGTel. Su uso es legal pero ya no se pueden comercializar.

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