Acuerdo de colectivos de CB sobre demandas a la Administración

Los principales colectivos de Banda Ciudadana, reunidos en San Roque en septiembre de 2008 con motivo del Congreso Aniversario de la CB, acordaron comunicar a la administración su total acuerdo de elevar a las instancias competentes la petición de renovar la normativa que afecta al servicio de Banda Ciudadana CB27.
Representantes de la Federació Catalana de CB, la Liga Española de Asociaciones de CB y Radioaficionados, la Federación Española de CB y la Plataforma para el Uso Libre de la CB en España, han trasladado a la administración sus peticiones para mejorar el uso de la CB, resumidas en estos nueve puntos:’, ‘

    • En primer lugar, los colectivos firmantes piden que “se amplíe a 120 el número de canales destinado al servicio de CB, comprendidos en el rango de frecuencias entre 26.510 KHz y 27.860 KHz”.
    • Igualmente, solicitan “que se mantengan las actuales potencias autorizadas de 4 vatios en AM-FM y 12 vatios en SSB, así como “que se contemple en la reglamentación del servicio de CB27 el derecho de sus usuarios a instalar los elementos radiantes correspondientes”.
    • De cara a las nuevas tecnologías, se solicita “que se autorice la transmisión de voz y datos en Banda Ciudadana mediante el uso de medios digitales y se puedan establecer interconexiones entre CB y otras redes de telecomunicación”.
    • Entre las peticiones figura también que “en caso de interferencias se presuma la inocencia del usuario de CB en tanto la administración no compruebe la causa u origen de la interferencia”.
    • Además, y mientras que para el uso del servicio de Banda Ciudadana CB27 se requiera autorización administrativa individual, se pide que “las licencias se otorgarán a título personal y en ella se incluirá un distintivo de llamada, pudiendo el titular operar cualquier equipo homologado”.
    • Igualmente, los colectivos quieren “que se agilicen y simplifiquen los trámites para obtener la autorización administrativa, implantando medios telemáticos adecuados que permitan al interesado realizar las gestiones oportunas no presenciales”.
    • Consideran igualmente necesario “que se reduzca a niveles simbólicos o incluso se elimine la tasa a abonar por los trámites de expedición de la autorización administrativa”.
    • Por último, se entiende que deben ser “las asociaciones y colectivos legalmente establecidos los legítimos representantes de los usuarios del servicio de Banda Ciudadana CB27 ante la Administración”.

 

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